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| El Salvador: Vigentes cambios en trámites fiscales |
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| 05/01/2010 | |
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Junto a los impuestos para productos específicos, también están ya en vigor cambios administrativos para la recaudación tributaria.
Desde ayer entraron en vigor una serie de cambios administrativos en el área fiscal. La reforma fiscal modificó la manera en la que se cobran y organizan los impuestos, así como la lista de personas y empresas que los pagan. El IVA, la renta y el Código Tributario tienen una serie de detalles novedosos que buscan aumentar la recaudación, pero además se ejercerá mayor control sobre los contribuyentes inscritos para cerrar aquellos posibles espacios que facilitan delitos como evasión o elusión. Desde que en diciembre de 2009 se publicó la aprobación de la reforma fiscal, pasados ya los ocho días hábiles, estos cambios son ley desde el lunes. En el Código Tributario se incluyeron varias decenas de modificaciones. Algunas fueron bastante criticadas por analistas y representantes del sector privado, de manera que se buscó llegar a un equilibrio antes de enviarlo a la Asamblea Legislativa, donde otra vez fueron retocados. “En cuanto a reformas del Código Tributario, los cambios se verán hasta el ejercicio fiscal del próximo año (a inicios de mayo), porque son medidas que tienden a hacer más difícil la evasión y así pueden traer beneficios”, explicó Roberto Rubio, analista y director de la Fundación Nacional para el Desarrollo (FUNDE). Mientras, la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y al Impuesto sobre la Renta tendrán sus disposiciones, que constituyen también las reformas administrativas (ver nota secundaria). Los nuevos cobrosEntre los que más salieron a la luz pública está la tasa de impuesto que se aplicará a los intereses que generen los depósitos en los bancos. En un inicio se fijó un techo de $5,000 para comenzar a aplicarlo; después de múltiples discusiones, solo se cobrará el 10% para los depósitos cuyo monto sea igual a $75,000. Rubio explicó que en este punto debía tenerse mucho cuidado en aclarar si los depósitos contaban según el usuario o según la cuenta bancaria, porque una sola persona podía tener varias cuentas inferiores a $75,000 y liberarse de tributar este 10%. Dicho cambio está dentro del artículo 159. En este mismo numeral se indica que también los que venden o emiten títulos valores —deuda de corto plazo— deberán apartar el 10% como anticipo al pago de la renta para los intereses de esos mismos títulos, el rendimiento o los beneficios que genere la operación. Existen figuras excluidas de este artículo, particularmente aquellas empresas que se encargan de manejar el dinero de terceros —por ejemplo los clientes—, porque darán el 10% hasta que hayan regresado el dinero a sus clientes. Después que las gremiales del sector privado advirtieron que para hacer este cobro se violaría el secreto bancario, ya dentro del artículo se aclara que dichas transferencias del banco a las autoridades del Ministerio de Hacienda (MH) se debe realizar respetando la confidencialidad del dueño del dinero depositado. En otras operacionesLa transferencia de bienes también será una operación que hasta la entrada en vigor de esta reforma comenzará a ser otra fuente de tributación. Al pagar una cantidad por entregar los derechos de un bien —como puede ser desde un terreno hasta producciones artísticas, entre una amplia gama—, esta será tasada con un 5% de impuesto, ya se trate de compañías, empresas, firmas o una persona natural. Luego, también ya son ley de la República los otros impuestos polémicos. Las reaseguradoras y firmas de carácter similar inscritas como contribuyentes, radicadas en el país o no, deberán rendir otro 5% por los servicios. Los que se dedican al transporte de carga internacional deberán, además, detallar en los formularios de las oficinas de Aduanas la factura con la que cobraron el flete y del servicio prestado se cobrará otro 5%. Estos fueron los cambios considerados puntos de honor para el sector privado. Al aplicarse estas reformas el Gobierno espera tener una recaudación extra de $175 millones al presentar resultados. Rubio argumentó, sin embargo, que “esa meta de los $175 millones todavía es un estimado: la recaudación depende del crecimiento económico”. Así, si la economía del país no logra el 0.8% de crecimiento en 2010, reducirá a su vez la cantidad de ingresos para el fisco. Tomado de www.laprensagrafica.com |
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