Costa RicaNoticiasLo que debe saber sobre el IVA

El próximo 01 de julio entra en vigencia la nueva Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, conocido como Plan Fiscal. El cambio más significativo de esta nueva Ley es la sustitución del Impuesto de Venta por el nuevo Impuesto de Valor Agregado (IVA), que mantiene en 13% la tarifa más alta para gravar el consumo de todo tipo de bienes y servicios (con algunas excepciones), tal y como lo indica Deloitte en su columna...
Heilyn Gomez5 años ago33718 min

El próximo 01 de julio entra en vigencia la nueva Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, conocido como Plan Fiscal. El cambio más significativo de esta nueva Ley es la sustitución del Impuesto de Venta por el nuevo Impuesto de Valor Agregado (IVA), que mantiene en 13% la tarifa más alta para gravar el consumo de todo tipo de bienes y servicios (con algunas excepciones), tal y como lo indica Deloitte en su columna tributaria.

Lo anterior, implica que todo nuevo contribuyente se inscriba ante la Administración Tributaria. Incumplir con esta obligación traerá como consecuencia una multa equivalente al 50% de un salario base, aproximadamente ¢215.500.

Es importante considerar que los contribuyentes actuales del Impuesto de Venta, no deberán volver a inscribirse, ya que esta entenderá que en adelante sus actividades comerciales sustituirán el impuesto actual por el IVA. Mientras que aquellas empresas o profesionales que realizan actividades gravadas con el Impuesto de Venta y además presentan servicios debieron reportar una ampliación en sus actividades, desde el pasado 4 marzo.

Nuevas Tarifas

Los departamentos financieros y los profesionales independientes deberán prestar especial interés y alcances de la nueva Ley; resultará esencial conocerla a profundidad para evitar inconvenientes con el Fisco. A continuación, detallamos el nuevo esquema del Impuesto de Valor Agregado:

  • 13% Impuesto general para bienes y servicios
  • 1% Canasta básica, bienes agropecuarios, maquinaria, equipo y todo lo referente a la cadena de producción.
  • 2% Medicamentos, primas de seguros personales, servicios de educación privada, compra y venta de bienes y servicios de las instituciones estatales de educación superior.
  • 4% Compra de boletos aéreos, servicios de salud privados prestados por centros y profesionales autorizados.

La declaración del IVA deberá efectuarse durante los 15 días posteriores al cierre de mes calendario. Por ejemplo, al cierre de cada mes, las compañías tendrán dos semanas para presentar su declaración.

A continuación, detallamos algunos bienes y servicios que serán exonerados del pago de este impuesto. Para conocer la lista completa recomendamos leer la nueva Ley o bien asesorarse con las autoridades correspondientes:

  • Los arrendamientos de inmuebles cuyo monto sea igual o inferior a 1.5 salario base.
  • Los arrendamientos utilizados por las microempresas y pequeñas empresas inscritas ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) de Costa Rica.
  • Las loterías nacionales, rifas, juegos y demás productos que comercialice la Junta de Protección Social (JPS).
  • Las cuotas de afiliación y mensualidades pagadas a colegios profesionales, organizaciones sindicales y cámaras empresariales.
  • Los libros (no aplica a los medios electrónicos).
  • Las exportaciones de bienes.
  • Los bienes y servicios vendidos a zona franca.
  • Los bienes y servicios vendidos entre los beneficiarios de zona franca.
  • Los créditos para descuento de facturas.
  • Las primas de seguros de sobrevivencia con rentas vitalicias y rentas de otros tipos.

Ajustes en la operatividad de las compañías

Los cambios en materia fiscal son inminentes y la adopción de sistemas de gestión empresarial tipo ERP, cobra cada vez mayor relevancia en las compañías que quieran reducir los reprocesos y adoptar con éxito las normativas correspondientes.

Durante este 2019 será necesario que las compañías evalúen sus sistemas y procedimientos para cumplir satisfactoriamente con los cambios tributarios.

Gonzalo Sandstad, Director Regional de Ventas de Grupo Softland, indicó que los cambios implicarán ajustes en la forma en que se registra, contabiliza, calcula y reporta la información y los procesos asociados.

“Es necesario adelantarse al cumplimiento, aunque existan aspectos que aún podrían cambiar, las organizaciones deben validar que los sistemas estén habilitados para cambiar las tasas y controlar los créditos fiscales, capacitar a su personal y cambiar los procedimientos”, enfatizó.

Softland Costa Rica trabaja desde ya en los ajustes necesarios para que sus clientes y futuros aliados comerciales, encuentren en el sistema de gestión empresarial una herramienta que responda a los cambios normativos y que agilice las operaciones de las compañías.

Heilyn Gomez

Editora de contenido digital de la Revista EKA. Periodista. Asesora de comunicación y estudiante de derecho.

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